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Código Fiscal Artículo 62 D Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Fiscal Coahuila
Artículo 62 D.

El procedimiento de acuerdo conclusivo suspende los plazos a que se refiere el artículo 48, primer párrafo, de este Código, a partir de que el contribuyente presente ante la Defensoría para la Protección y Promoción de los Derechos del Contribuyente la solicitud de acuerdo conclusivo y hasta que se notifique a la autoridad revisora la conclusión del procedimiento previsto en este Capítulo.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 62 D Código Fiscal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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